Como sin duda sabéis, el ejecutivo aprobó el pasado viernes 27 de febrero de 2.015 en Consejo de Ministros el proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento civil a iniciativa del ministro de Justicia.
Extractamos por su importancia las siguientes cuestiones:
Datos que posibiliten las notificaciones judiciales de demandas y escritos.
Podremos facilitar datos del demandado tales como número de teléfono y correo electrónico.
Presentación de escritos y comunicaciones.
En cuanto a la presentación de escritos y documentos, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán obligados a emplear los medios electrónicos disponibles en la Administración de Justicia. La comunicación entre profesionales judiciales se hará exclusivamente por medios electrónicos.
Se hará habitual la recepción electrónica de las notificaciones de la Administración que hasta ahora se reciben en papel. Además, se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le va a practicar una notificación.
Juicio verbal.
Se introduce de forma generalizada la contestación escrita a la demanda para todos los verbales, bien sean por cuantía, materia o familia; podremos solicitar trámite de conclusiones y se introduce un nuevo régimen de recursos orales ante la admisión y denegación de pruebas. Además de lo anterior, las partes podrán pedir que se resuelva el pleito sin necesidad de celebrar la vista, algo que ya existía en los incidentes concursales.
Protección a los consumidores en el procedimiento monitorio.
En cumplimiento de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de junio de 2012, el Juez competente para conocer del proceso monitorio verificará la existencia de cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores o usuarios.
Plazo de prescripción de las acciones personales.
Se acorta el plazo de prescripción de acciones personales que no tengan establecido un plazo de prescripción específico. El plazo para ejercerlas pasa de quince años a cinco. Ojo con esto.
¿Necesitas un abogado?
Envíanos un Whatsapp o llámanos
O si lo prefieres envíanos tus datos y nos pondremos
en contacto contigo para asesorarte acerca de los
servicios que mejor se adapten a tus necesidades.
Comentarios
No hay comentarios sobre esta entrada