Alguna vez tenía que llegar y acaban de notificarnos el señalamiento de nuestro primer juicio oral o de nuestro primer juicio por delito leve. El corazón nos da un vuelco, notamos nerviosismo, miedo escénico e incluso falta de control. Algo absolutamente normal, nos ha pasado a todos y de otra manera quizá, nos sigue pasando.
Tampoco debemos dejarnos intimidar: asistir a nuestro primero juicio penal no debería provocarnos sensaciones negativas. Debemos transformar esa situación en algo positivo, transformando la tensión del momento en un estado de alerta que va a hiperactivar nuestras funciones neuronales durante el juicio, minimizando el miedo escénico y la tensión negativa bloqueante para transformarla en una descarga de adrenalina de efectos positivos para el abogado.
Aprovecho para transmitir algunos consejos que pueden ayudarnos a superar con garantías de éxito nuestro primer juicio penal, con parada en el juicio oral y en el juicio por delito leve:
Primero
Control absoluto del asunto que tengamos entre manos. En el juicio oral es esencial controlar cada folio de la instrucción previa buscando como defensa cualquier atisbo de nulidades y contradicciones, y desde la perspectiva de la acusación precisamente para estar prevenidos y suprimir/minimizar sus posibles efectos.
Es absolutamente aconsejable, si nos es posible, ensayar o simular el juicio con nuestro cliente, sea acusado o perjudicado (testigo-víctima en el juicio oral, denunciante en el juicio por delito leve), para tranquilidad de ambos.
Conocer un asunto no es haberlo memorizado, es controlarlo, entenderlo, saber dónde se encuentran los folios esenciales de las actuaciones, dónde están los puntos fuertes y débiles de nuestra defensa/acusación y que nosotros vamos a defender en Sala e incluso los de la parte contraria (pruebas de cargo y de descargo). Tenemos que interiorizar los hechos enjuiciados igual que si nos hubieran sucedido a nosotros.
Segundo
Idéntico razonamiento debe aplicarse para la preparación de preguntas y alegatos; es básico descomponer los hechos para preparar una batería de preguntas que nos proporcione seguridad para encarar los interrogatorios, tanto los directos como los contrainterrogatorios.
No olvidemos preparar el juicio con nuestros testigos y recordarles el contenido de las preguntas generales de la ley que les va a realizar el juez, sobre todo aquello de “tiene Ud., interés directo o indirecto en el resultado de este juicio”.
Tercero
Controlemos y cuidemos nuestro lenguaje no verbal; entremos en sala erguidos, mirando al juzgador, Ministerio Fiscal y contraparte, manteniendo esa actitud durante todo el desarrollo del juicio. Las manos siempre encima del estrado y los hombros levantados. Interactuemos con el Tribunal en la medida de nuestras posibilidades.
Recordemos que es altamente probable que entremos en Sala antes de comenzar la vista para hablar con el Ministerio Público a fin de negociar una posible conformidad; seamos correctos, pero firmes y llevemos bien calculadas las penas para el supuesto de que el fiscal acepte modificar sus conclusiones al aceptar alguna de las atenuantes o eximentes incompletas que vayamos a defender en el juicio. Asesoremos a nuestro defendido sobre la repercusión de esa sentencia de conformidad, con sus pros y sus contras (imposibilidad de recurso, antecedentes penales).
No obstante, lo recomendable es activar el protocolo de conformidades de nuestro Colegio profesional para realizar ese contacto con suficiente antelación a la fecha del juicio oral si el interés de nuestro cliente es llegar a un acuerdo de conformidad: http://web.icam.es/bucket/FORMULARIO%20CONFORMIDADES-LDOS%20NO%20ICAM-8-4-11.pdf
Cuarto
Como ya hemos adelantado, las alegaciones no se deben memorizar ni preparar de tal forma que vayan a ser reproducidas literalmente durante nuestro informe. Por ello, preparemos un esquema que nos facilite el guion de lo que queremos dejar claro en nuestra exposición y que, en caso de un hipotético bloqueo o de un «cambio de paso» por parte del juzgador, nos va a permitir retomar ese guion en el punto en el que había sido interrumpido.
Quinto
Anotar las respuestas a las preguntas que se formulan en el juicio nos va facilitar referirnos a ellas durante la valoración que hagamos en el trámite de informe. Sólo vamos a tener que remitirnos a las notas de las respuestas que hemos ido anotando.
Sexto. Control sobre las fases del juicio Oral
El juicio comienza cuando, después de una teórica lectura de los escritos de acusación que no se suele dar en la práctica, el Juez da la palabra a las partes, comenzando siempre por el Fiscal, para que expresen si tienen CUESTIONES PREVIAS, cajón de sastre donde podemos solicitar la suspensión justificando el motivo, aportar nueva documental (siempre con copia para las otras partes y el Juez), aportar informes periciales, volver a solicitar pruebas denegadas por el Juez, nulidad de alguna diligencia de prueba por adolecer de nulidad el auto que la acordó, etc. Echadle un vistazo al artículo 786 LECRim. Si una prueba documental que aporta una de las partes, o una pericial, es muy voluminosa y no podemos examinarla en el acto, hay que pedir la suspensión. Si se nos inadmite alguna prueba, formularemos respetuosa PROTESTA.
Después de resolverse las cuestiones previas, comienzan los interrogatorios de los acusados; siempre pregunta primero el fiscal, después las acusaciones y por último las defensas. Si hay varias, pregunta el último la defensa del acusado que está declarando.
Se sigue con los interrogatorios de los testigos-víctimas, resto de testigos, fuerzas del orden público y por último peritos. El orden para preguntar es idéntico al que seguimos en el juicio de faltas: primero quien ha propuesto, fiscal, acusaciones y resto de defensas. Tened en cuenta el artículo 714.2 LECRim; si algún testigo incurre en clara contradicción con lo declarado en instrucción, invoquemos ese artículo para que se le lea al testigo el folio donde consta su declaración y poder preguntarle por el motivo de esa contradicción.
Una vez finalizados los interrogatorios, el Juez nos preguntará por “la documental”, a lo que hay que responder “POR REPRODUCIDA”. Si hay que impugnar algún documento de la causa (previamente impugnado en el escrito de defensa), es el momento de hacerlo, y si queremos solicitar la lectura de algún folio de la instrucción por falta de comparecencia de un testigo (artículo 730 LECRim), lo pedimos. Con ello, incorporamos la declaración al plenario.
Después, el Juez nos preguntará por las “Conclusiones”, pero NO es el momento de informar, sólo hay que responder si las elevamos a definitivas o modificamos. Si modificamos, hay que explicar sucintamente qué hecho del escrito de acusación o defensa se modifica y luego desarrollar los motivos en informe. (Es habitual que modifiquen las acusaciones para introducir, por ejemplo, una agravante, modificar la pena, la responsabilidad civil, pero también la defensa para la introducción de atenuantes…).
Y por último: INFORME. Recomiendo comenzar por la petición de absolución de de pena (delito-artículo-pena) y de responsabilidad civil, para pasar sucintamente a hechos probados-no probados, valoración de prueba de cargo o descargo, cumplimiento de los elementos objetivos y subjetivos del tipo y sentencias invocadas.
Séptimo. El juicio por Delito Leve
Ojo con esta vista, porque puede hacernos sudar más que el propio juicio oral. Este juicio es idéntico en la forma al extinto juicio de faltas y hay que desarrollar un amplio sentido de la improvisación, pero controlada.
Con suficiente antelación tenemos que personarnos en el Juzgado de Instrucción encargado del enjuiciamiento para obtener las actuaciones y evaluar estrategias y posibles pruebas anticipadas que puedan interesar a nuestro derecho antes de la celebración del juicio.
Recordemos brevemente sus fases:
-Lectura de la acusación. (No suele hacerse en la práctica).
– Cuestiones Previas que puedan plantear las partes (causas de suspensión, posible prescripción, etc). Hay que plantearlas, y someterlas a la decisión del Juez, antes de dar comienzo al interrogatorio del denunciante, es decir, cuando nos estamos terminando de sentar en el estrado. Asimilables al trámite de cuestiones previas del Juicio Oral.
–Interrogatorio del/los denunciantes (que han de ratificarse en la denuncia) y del/los acusados.
–Propuesta de pruebas por el Ministerio Fiscal o la acusación particular en el supuesto de que haya comparecido y admisión o denegación por el juez de las mismas.
–Propuesta de pruebas por la defensa y admisión o denegación de las mismas.
Ante la inadmisión de una prueba, se formula respetuosa protesta a efectos de recurso.
–Interrogatorio de testigos, peritos,… propuestos por las partes y admitidos por el Juez.
–Trámite de Informe, hablando en último lugar la defensa del acusado. Lo conveniente es comenzar solicitando la pena, o absolución en el caso de la defensa, y continuar con los hechos que han quedado acreditados, valoración de las pruebas, etc.
-Existe al igual que en el juicio oral el «derecho a la última palabra«.
-La incomparecencia del acusado no es causa legal de suspensión en el caso de que hubiese sido citado correctamente, aunque, a criterio del juez o a instancia de parte, se considere necesario contar con la declaración del acusado. Lo mismo ocurre en el caso de incomparecencia del denunciante o de alguno de los testigos citados.
Octavo
Realizar un repaso y estudio previo a la Ley Procesal (LECRim) y por supuesto al derecho sustantivo: ley-doctrina-jurisprudencia.
Noveno
Antes de esa primera vista, conviene haber visto juicios similares (y a ser posible en el mismo Juzgado o Sección de la Audiencia Provincial), conocer el edificio de los Juzgados, dónde se encuentra la sala de togas, etc.
Décimo
Es recomendable hacer unos ejercicios de control de la respiración unos minutos antes de ser llamados para entrar en la sala y segundos antes de que se nos dé la palabra para intervenor. Calmará bastante nuestros nervios, probadlo.
Es absolutamente recomendable haber realizado simulaciones de juicios, ya que es la única forma en la que el abogado va a asimilar lo que es un juicio, y no por haberlo visto, sino por haberlo interiorizado y celebrado él, adquiriendo una inestimable experiencia, capacidad de improvisación y tomando conciencia de sus propias capacidades en sala.
Próximamente impartiré los talleres de simulación de juicios en el ámbito penal, con una duración de dos meses, todos los jueves por la tarde. En formato presencial o a través de videollamada grupal, en el que enseñamos a actuar en sala. Taller cien por cien práctico, en los que enseñamos a actuar convenientemente en sala, además abrimos un foro en el que podéis preguntar cualquier cuestión que os pueda surgir.
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Buenas tardes César. Si estás interesado en nuestros cursos de simulación de juicios (civiles, penales y laborales), estás a tiempo de apuntarte porque empezamos el 13 de febrero y queda alguna plaza:https://roleplayjuridico.com/roleplay-penal/. Ten en cuenta que nuestros grupos son muy reducidos… Un cordial saludo y gracias